En virtud de lo dispuesto en la Ley 49/2002 de 23 de Diciembre de Régimen Fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, por la que establecen las deducciones fiscales para las donaciones a entidades sin fines lucrativos declaradas de utilidad pública, informamos de que ya están a disposición de todos los socios y de todas aquellas personas que han realizado donativos a la AEPEF durante el 2011, los correspondientes certificados de esos donativos. Debido a que no tenemos todas las direcciones postales, para recibirlos será necesario que enviéis un mail a la AEPEF oficina@aepef.org indicando en él vuestro nombre y apellidos, DNI, y dirección de contacto para enviaros el correspondiente certificado.

Normativa para entrar en el Área del Asociado

Para poder entrar en la zona restringida del asociado es necesario disponer de un usuario y contraseña, para lo cual se contactará con la asociación en oficina@aepef.org Asímismo también se deberá estar al corriente de pago, de no ser así, no se podrá acceder a la información disponible en dicho área.

Los asociados que no puedan asumir los pagos podrán cursar por correo postal petición razonada a la Junta Directiva que resolverá según proceda. Dicha resolución deberá ser ratificada en la primera Asamblea General de asociados.

La Junta Directiva.